DIP. ROXANNA HERNÁNDEZ RAMÍREZ IMPULSA UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
La diputada Roxanna Hernández Ramírez, propuso una iniciativa de reforma el párrafo tercero y se adiciona un sexto párrafo al artículo 8° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a fin de establecer la prohibición de la discriminación motivada por orientación sexual, identidad de género y expresión de género.
Se establece también que el Estado garantizará la igualdad sustantiva, adoptando medidas de nivelación, inclusión e implementando políticas públicas diferenciadas y acciones afirmativas necesarias para garantizar a toda persona la igualdad de oportunidades y el derecho a la no discriminación sin distinción, en favor de grupos históricamente vulnerados, como: los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos; personas migrantes en situación de movilidad; personas con discapacidad; mujeres; niñas, niños y adolescentes; adultos mayores; personas en situación de pobreza; personas privadas de la libertad; personas en situación de calle y de la comunidad LGBTTTIQ+.
Señala que la orientación sexual es el término utilizado para referirse a las múltiples posibilidades vinculatorias y de la construcción del deseo de las personas en un sentido erótico, afectivo y sexual, a partir del reconocimiento o rechazo (asexualidad) de la posibilidad de sentir atracción exclusiva o primordial hacia otras personas en función de su condición sexogenérica y/o de otras condiciones.
La identidad de género se refiere a la Identificación de cada persona en el género que siente, reconoce y/o nombra como propio. Existen identidades cisgénero, trans, nobinaries, fluidas, entre otras, que muestran la dimensión espectral de las subjetividades dentro del marco identitario de género.
La expresión de género es la categoría que hace referencia a la forma subjetiva en que cada persona se presenta ante sí y ante el mundo a través de recursos estéticos y de gestualidad que se significan culturalmente en el continuum que corresponde con lo considerado femenino, andrógino y/o masculino.
La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Derechos Humanos.